Búsqueda Inmobiliaria
   
   
 
1.- ¿Qué puedo hacer a través de esta página ?
 

Este site representa una herramienta indispensable para quien desea ofertar dentro del mercado inmobiliario venezolano alguna propiedad en venta o alquiler, igualmente es de consulta obligada para quienes buscan inmuebles residenciales, comerciales e industriales para comprar o arrendar, contando siempre con la asistencia, y apoyo de un servicio de corretaje inmobiliario especializado, respaldado por una organización sólida, con más de 36 años de operaciones en el país.

Para BUSCAR UN INMUEBLE presione arriba en el espacio señalado BÚSQUEDAS INMOBILIARIAS, una vez allí tendrá distintas opciones para poder ubicar propiedades entre más de 5.000 alternativas a nivel nacional.

Si desea PONER EN VENTA O ALQUILER A TRAVÉS DE ESTE SITE algún inmueble de su propiedad, presione en el botón PUBLIQUE SU INMUEBLE y siga los pasos allí señalados. Usted completará un formulario previo y luego nos pondremos en contacto para concertar una cita, discutir detalles, tomar fotografías de la propiedad y posteriormente gestionar su publicación definitiva.

Si considera mis servicios pudieran serle útil a alguien que usted conoce, presione por favor en el botón RECOMIÉNDENOS, para ofrecerle directamente mi asistencia inmediata.

Ante cualquier duda adicional, solicitud de asesoría, información extra o inquietud que se le presente presione en CONTÁCTENOS y con gusto estaré a su servicio.


 
 
   
 
2.- ¿Cuál es el monto de sus honorarios profesionales y qué incluyen?
 

Para las ventas, le cobramos al propietario del inmueble el 5% sobre el precio de venta firmado; pagadero en 2 partes: 50% al momento de la firma de la opción de compra y 50% al momento de la protocolización definitiva; la tarifa incluye la publicidad y el trabajo de obtención de la documentación relativa a la venta en sí. El comprador es libre de la comisión de la inmobiliaria, sin embargo corre con los gastos del abogado y Registro, cuyo costo depende de cuántos folios tenga el documento, si es habilitado o no y del Registro mismo, pues hay variación entre los Registros.

En el caso de alquileres, el primer mes de canon de arrendamiento se nos entrega directamente como honorarios profesionales, e incluye la publicidad, la verificación de crédito y documentación del arrendatario, elaboración de inventario y de nuestro contrato. El arrendatario paga un mes de canon de arrendamiento por localización del inmueble y el mismo debe ser entregado como una reserva al momento de facilitar la documentación respectiva, para poder procesar la solicitud. El arrendatario también cubre con los gastos de elaboración de documentos y el pago de notaría. Como empresa retenemos el IVA sobre las comisiones.

Por supuesto, asesoría integral desde el principio hasta el cierre definitivo de la operación, a satisfacción de todas las partes.


 
 
   
 
3.- Como intermediarios ¿exigen la exclusividad?
 

No es indispensable, pero si deseable.

Le garantizamos la mayor exposición de su inmueble, a través de las diversas páginas web de los cerca de 300 franquiciados con que cuenta el grupo Rent-A-House, además de la publicación en otros medios; por lo que podemos asegurarle que su propiedad estará al alcance de la mayor cantidad posibles de interesados y Ud. estará personalmente bien atendido.


 
 
   
 
4.- ¿Cuáles son los requisitos para alquilar?
 

Llenar una solicitud de alquiler, adjuntando los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante
  2. Referencias comerciales
  3. Referencias personales
  4. Referencias bancarias por escrito
  5. Carta de trabajo y constancia de ingresos
  6. Carta de referencia donde actualmente esté arrendado

Dependiendo de la garantía ofrecida para el arrendamiento, habrá unos requisitos adicionales.


 
 
   
 
5.- ¿Puntos de atención antes de la compra de una propiedad?
 
  • Para comprar, asegúrese que el inmueble esté en la Alcaldía a nombre del propietario y los impuestos municipales pagos.
  • No entregue dinero a nadie, sin haberse asegurado de que:
         a) Quien vende es el propietario y/o apoderado
         b) Según el Registro el inmueble puede venderse
  • No olvide pedir una Solvencia de Condominio a la hora de la firma, no es un requisito del Registro, pero debería recibirla para evitarse sorpresas desagradables.
  • Si puede presentar en el Seniat el inmueble como Vivienda Principal se evitará pagar el 0.5% del monto de la compra registrada -si ya tiene una vivienda principal no podrá registrar una segunda-

 
 
   
 
6.- No aparece listada mi pregunta, ¿qué hago?
 

No dude en contactarnos para aclarar sus dudas. Estamos a la orden!